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Declaración de las federaciones miembro

La reunión, llevada a cabo por el Secretario General de la UEFA, Gianni Infantino, y al que asistieron el Presidente de la UEFA Michel Platini, junto con los miembros del Comité Ejecutivo de la UEFA, fue solicitada por la FIFA como parte de un proceso de consulta.

Los presidentes y secretarios generales de las federaciones se reunieron en Nyon
Los presidentes y secretarios generales de las federaciones se reunieron en Nyon ©UEFA.com

Las 53 federaciones europeas miembros de la FIFA han adoptado por unanimidad una declaración en relación con las enmiendas propuestas a los Estatutos de la FIFA tras una reunión de los Presidentes y los Secretarios Generales de las federaciones en la Casa del Fútbol europeo en Nyon.

La reunión, llevada a cabo por el Secretario General de la UEFA, Gianni Infantino, y al que asistieron el Presidente de la UEFA Michel Platini, junto con los miembros del Comité Ejecutivo de la UEFA, fue solicitada por la FIFA como parte de un proceso de consulta con todas las federaciones miembros en relación con las posibles modificaciones estatutarias.

Las discusiones incluyeron una revisión de las modificaciones de los Estatutos que la FIFA aprobó en el Congreso de la FIFA 2012, otras enmiendas propuestas a los Estatutos de la FIFA, y otras posibles enmiendas que se centran en el buen gobierno de los asuntos relacionados con los Estatutos de la FIFA.

Entre los puntos principales de la declaración, las federaciones miembros expresaron la opinión de que los miembros del Comité Ejecutivo de la FIFA deben seguir siendo designados por las confederaciones continentales, y que la confirmación por parte del Congreso de la FIFA no sería necesaria. Además, todas las comprobaciones de integridad de los miembros del Comité Ejecutivo de la FIFA deben llevarse a cabo por las confederaciones. La declaración completa dice lo siguiente:

Declaración de las 53 federaciones europeas miembros de la FIFA referida a la revisión de los Estatutos de la FIFA


I. Observaciones preliminares

Tras la reunión de los presidentes y secretarios generales de las 53 federaciones europeas miembros de la FIFA en Nyon, el 24 de enero de 2013, las 53 federaciones europeas miembros de la FIFA han aprobado por unanimidad la presente declaración, referida a las enmiendas estatutarias pendientes, propuestas por la FIFA con el objetivo de mejorar su gobernabilidad.

II. Propuestas de enmiendas

1. Confirmación de los miembros del Comité Ejecutivo de la FIFA:
• Las confederaciones designarán a los miembros del Comité Ejecutivo de la FIFA tal y como vienen haciéndolo actualmente. No es necesario que el Congreso de la FIFA "confirme" a los miembros del Comité Ejecutivo de la FIFA.

• Si se precisan "comprobaciones de la integridad" de los miembros del Comité Ejecutivo de la FIFA, tales verificaciones deberán efectuarse en el seno de la confederación, sobre la base de criterios mínimos acordados. En concreto, una persona a quien un organismo de disciplina deportiva haya suspendido por corrupción, amaño de partidos, dopaje o conducta violenta no podrá ser candidata a convertirse en miembro del Comité Ejecutivo de la FIFA.

2. Composición del Comité Ejecutivo de la FIFA:
• No se introducirán ningún cambio en la composición básica del Comité Ejecutivo de la FIFA, en concreto en la cantidad de sus vicepresidentes.

• Las cuatro federaciones británicas conservarán una vicepresidencia automática (posiblemente elegida por la confederación de la cual forman parte esas cuatro federaciones nacionales).

3. Elección del presidente de la FIFA:
• Se podrá exigir un grado mínimo de respaldo (diez federaciones nacionales de fútbol pertenecientes, como mínimo, a dos confederaciones) para la presentación de un candidato a la presidencia de la FIFA (aunque también sería aceptable que las diez federaciones pertenecieran a la misma confederación).

• Los candidatos a la presidencia de la FIFA deberán contar con el respaldo de su propia federación nacional o de su confederación, o de ambas a la vez, y poseer un "cargo activo" en la federación nacional o en la confederación, o en ambas a la vez.

4. Duración de mandatos:
• A partir de 2015 deberá estipularse la duración máxima del mandato del presidente de la FIFA (la normativa actual del COI proporciona un buen ejemplo a seguir: un primer mandato de ocho años, y un segundo y último mandato de cuatro años de duración).

• No se introducirán restricciones a la duración de los mandatos de los miembros del Comité Ejecutivo de la FIFA ni de demás órganos de la FIFA.

5. Límite de edad:
• Un límite general de edad de 72 años en el momento de la elección o de la designación resulta apropiado para los miembros de todos los órganos de la FIFA.

6. Mayor representación en la FIFA de los grupos de interés:
• Deberá modificarse el redactado que propone la FIFA en el Artículo 10 (1) de manera que prevea que las federaciones nacionales involucren a los pertinentes grupos de interés, directa o indirectamente (por ejemplo, mediante consultas), en sus procesos de toma de decisión.

• Las federaciones nacionales y las confederaciones deben estar representadas siempre en aquellos organismos de la FIFA que debatan asuntos que afecten a sus intereses, como la Comisión del Fútbol de Clubes, entre cuyas competencias se incluyen cuestiones como la liberación de jugadores para las selecciones nacionales, el calendario internacional de partidos, etc.

7. Procedimiento de candidatura y decisión sobre el lugar de celebración de la Copa Mundial de la FIFA:
• Como está acordado, al Congreso de la FIFA le corresponderá decidir el lugar de celebración de la Copa Mundial de la FIFA, basado en un proceso de candidaturas y adjudicación transparente. Para ello, el Comité Ejecutivo de la FIFA deberá, si fuera necesario, efectuar una preselección y presentar un máximo de tres candidaturas al Congreso de la FIFA.

8. Diversas aclaraciones y precisiones en los Estatutos de la FIFA
• En principio, se respaldan las aclaraciones y precisiones propuestas por la FIFA, aunque las definiciones exactas (por ejemplo, concernientes al cálculo de las mayorías) deberán poseer en todo momento la mayor claridad posible.

9. IFAB
Se estipulará una reglamentación clara y transparente sobre:

• Cómo funcionan los trámites de las propuestas para modificar las Reglas del Juego;

• Cómo el Comité Ejecutivo de la FIFA ejerce control sobre los cuatro votos de la FIFA en el IFAB, después de haberlo consultado con los pertinentes interesados;

• Las Reglas del Juego se podrán modificar únicamente cada dos años.

10. Reglamento de la candidatura a presidente de la FIFA:
• Se respalda la promulgación de tal reglamento en principio (una decisión sujeta a los pormenores que contenga dicha reglamentación).

11. Otras propuestas
Además de los diez puntos enumerados anteriormente, las 53 asociaciones europeas miembros de la FIFA proponen que la FIFA adopte las medidas necesarias para cumplir con los siguientes objetivos:

• Garantizar que todas las decisiones que repercutan en las federaciones nacionales o en las confederaciones se sometan a pertinentes consultas previas.

• Garantizar total transparencia en los ingresos y egresos de pagos financieros.

• Garantizar que el Comité Ejecutivo de la FIFA siempre reciba apropiadamente y con antelación un aviso sobre los asuntos (incluida la documentación correspondiente) que deberá analizar y decidir.

• Designar a todos los miembros de las comisiones y órganos de la FIFA que comiencen su mandato durante el año siguiente a la elección del presidente de la FIFA, y posteriormente cada cuatro años.

• Abolir el canon comercial que actualmente estipula el Artículo 77 de los Estatutos de la FIFA.

• Proporcionar al Tribunal de Arbitraje del Deporte competencia exclusiva para decidir medidas provisionales.

III. Observaciones finales

Las modificaciones a los Estatutos de la FIFA que no se reconozcan en la presente declaración no cuentan con el respaldo de las 53 federaciones europeas miembros de la FIFA. Las 53 federaciones europeas miembros de la FIFA otorgan potestad al presidente de la UEFA, a los miembros europeos del Comité Ejecutivo de la FIFA y al secretario general de la UEFA para presentar a la FIFA esta declaración como la postura manifiesta de las 53 federaciones europeas miembros de la FIFA.

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